jueves, 10 de noviembre de 2011

DESMONTE ILEGAL EN LAS TUNAS

 Un nuevo caso de desforestacion se constacto en La Localidad de Las Tunas en el Departamento Santa Rosa,Provincia de Catamarca. propiedad de la firma "hermanos Moltalvan". luego de diversas denuncias realizadas por pobladores. En el lugar se encontraron con un desmonte de especies nativas de alrededor de 100 hectáreas, un trabajo que habrían venido  realizándose desde hace algunos meses y se utilizaron maquinas tipo tractor y personal humano por lo que pudieron constatar los inspectores.
El irrefrenable avance de la frontera agrícola no entiende de leyes antagónicas. Tampoco del valor que un ecosistema tiene para el desarrollo de diferentes manifestaciones de vida. Los bosques nativos que aún sobreviven en pie en la provincia son las víctimas más endebles de esta depredación. Sin resistencia alguna, su único lamento es el ruido resultante de sus pesadas caídas.
 algarrobos y quebracho blanco en su gran mayoría fueron convertidos en madera, que se allaban  en una vieja represa que se encontraba oculta de bosque que se dejo alrededor de ella en el centro del campo,  cientos de toneladas de madera trozada fueron descubiertas en ese lugar. uno de los propietarios que se encontraba en el lugar se negó a firmar la notificación de fiscalización y acta de constacion por lo que aun resta saber cuales fueron los pasos y/o multas que recaerán sobre esta firma ya que atentaron contra las principales especies protegidas de preservación como lo son el algarrobo, quebrachos etc. desobedeciendo la ley de bosque a la cual se encuentra adherida Catamarca, luego que el 2010 fuera aprobada por el senado Provincial.
teniendo en cuenta algunas de las Disposiciones Generales de la ley en vigencia en nuestra Provincia



Artículo 1.- OBJETO: Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer el Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo en la provincia de Catamarca, definiendo pautas para la regulación de la protección ambiental, el enriquecimiento, la restauración, la conservación, el aprovechamiento y el manejo sostenible de los mismos, así como de los servicios ambientales que brindan a la sociedad en todo el territorio de la provincia.

Artículo 2.- AMBITO DE APLICACIÓN: La presente ley se aplica a todas las actividades, acciones, proyectos u obras que puedan producir impacto ambiental en la zonificación territorial en sus distintas categorías, de acuerdo al ordenamiento ambiental del bosque nativo, para lo que, en todos los casos, deberán contar con la aprobación previa de la autoridad ambiental y cumplir con las regulaciones establecidas en la presente ley. 

Artículo 3.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Será Autoridad de Aplicación de la presente ley la Subsecretaría de Ambiente o el organismo de mayor jerarquía con competencia ambiental que en el futuro la reemplace.

Artículo 4.- MONITOREO: El control y fiscalización de las acciones, obras, proyectos o actividades que cualquier persona física o jurídica, pública o privada que se desarrolle o proyecte desarrollar en el territorio provincial en las áreas definidas y clasificadas por la presente ley, así como la totalidad de las actividades relacionadas con el manejo, transformación, transporte y comercialización de productos forestales, deberán contar con vigilancia y seguimiento de la Autoridad de Aplicación, la que a los efectos contará con los correspondientes bancos de datos para la gestión integral requerida.

Articulo 27.- Cualquier acción, hecho o actividad que se desarrolle en las distintas zonas del ordenamiento territorial del bosque nativo sin la correspondiente autorización previa será pasible de sanción imponiéndose además las medidas de compensación y conservación que se requieran.

Articulo 29.- El incumplimiento de los planes de trabajo propuestos en los informes preliminares o en los estudios de impacto ambiental o el incumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental por la autoridad de aplicación constituyen infracciones que de acuerdo a la gravedad o consecuencias derivadas se graduara desde las sanciones de apercibimiento o multa hasta la revocación de la autorización mas las sanciones y medidas que correspondan. 

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